La energía no puede reciclarse y por tanto, incluso una economía que no creciera y que use combustibles fósiles, necesitaría suministros “frescos” que vengan de las fronteras de la extracción. Lo mismo se aplica a los materiales (lo repito otra vez) que en la práctica se reciclan solamente en parte (como el cobre, el aluminio, el acero, el papel), no más del 40 o 60 por ciento. Si la economía crece, la búsqueda de fuentes de energía y materiales es mayor, la presión en las fronteras de la extracción es más intensa.
Hay una acumulación de beneficios y de capital mediante la desposesión o expropiación en esas fronteras (como escribió David Harvey en 2003) o una Raubwirtschaft (un término usado por geógrafos hace 100 años) y hay también una “acumulación mediante la contaminación” con lo que queremos decir que los beneficios aumentan por la posibilidad de echar a la atmósfera, al agua o a los suelos, sin pagar nada o pagando poco, los residuos producidos. Que el precio de la contaminación sea bajo o nulo no indica un “fallo del mercado” sino un éxito (provisional) en transferir los costos sociales a la gente pobre y a las futuras generaciones. Eso es evidente en el caso de los gases con efecto invernadero. Por eso hay protestas bajo el nombre de “justicia climática”.
No son solamente los activistas de la Justicia Climática tan visibles en Cancún sino también bastantes gobiernos de países relativamente pobres, quienes reclaman la deuda ecológica, una idea que nació en América Latina en 1991. Los Estados Unidos, la Unión Europea, Japón no reconocen esta deuda pero en Copenhague en diciembre del 2009 por lo menos 20 presidentes de estado o de gobierno mencionaron explícitamente la deuda ecológica (o deuda climática). Algunos usaron la palabra “reparaciones”. En Cancún estuvieron más calmados pero también se habló de la deuda ecológica desde algunos púlpitos gubernamentales.
Pablo Solon, el embajador de Bolivia en las NNUU, quien en Cancún se quedó solo en sus protestas, ya había dicho en Copenhague el año pasado que “admitir responsabilidad por el cambio climático sin tomar las acciones necesarias para hacerle frente, es como si alguien le pega fuego a tu casa y después se niega a pagarla. Aunque el fuego se hubiera iniciado sin querer, los países industrializados, con su inacción política, han seguido echando gasolina al fuego… No tiene justificación alguna que países como Bolivia tengan ahora que pagar esa crisis climática que implica una enorme carga sobre nuestros recursos limitados para proteger a nuestra gente de esta crisis causado por los ricos y por su sobreconsumo… Nuestros glaciares están en regresión, las fuentes de agua se secan. ¿Quién debe hacer frente a eso? A nosotros nos parece justo que el contaminador pague, y no los pobres. No estamos aquí asignando culpabilidad sino solamente responsabilidad. Como dicen en Estados Unidos, si lo rompes, lo pagas”.
El trasfondo al discurso de Pablo Solon en Copenhague fue la declaración de Todd Stern (como principal negociador de Estados Unidos) en una conferencia de prensa el 10 de diciembre del 2009. "Reconocemos absolutamente nuestro papel histórico en poner las emisiones en la atmósfera, allá arriba… Pero el sentido de culpa o el tener que pagar reparaciones, eso lo rechazo categóricamente”. (http://www.climate-justice-now.org/bolivia-responds-to-us-on-climate-debt-if-you-break-it-you-buy-it/).
A esta controversia se añadió inesperadamente el economista Jagdish Bhagwati, profesor de Columbia University en Nueva York, en un artículo en el Financial Times el 22 de febrero del 2010. Sin conocer aparentemente ni la literatura activista (www.deudaecologica.org) ni la académica sobre el tema desde 1991, Bhagwati escribió que los Estados Unidos al enfrentarse a problemas de contaminación tras el escándalo de Love Canal creó en 1980 la legislación llamada Superfondo (la ley se llama oficialmente CERCLA) que exige que la compañías responsables eliminen los residuos tóxicos e indemnicen los daños causados.
Añadía Bhagwati que esta legislación sobre daños y perjuicios implica una responsabilidad “estricta” en el sentido legal, de manera que la responsabilidad existe aunque no se supiera entonces que los materiales vertidos eran tóxicos, como en el caso de las emisiones de dióxido de carbono hasta hace relativamente poco tiempo. Además, las personas perjudicadas pueden presentar sus propias demandas. En cambio, Todd Stern rechazaba esta tradición legal interna de Estados Unidos en lo que respecta a casos de contaminación en su propio territorio al rechazar cualquiera obligación legal y cualquier pago por las emisiones pasadas que afectaban otros territorios. Evidentemente, Estados Unidos debía dar marcha atrás en este punto, según Jagdissh Bhagwati. Todos los países ricos debían aceptar sus pasivos ambientales en proporción a su parte de emisiones históricas de dióxido de carbono como las contabiliza el Panel Internacional de Cambio Climático. El pago sería por daños y perjuicios, por tanto esos fondos de ninguna manera podían contarse como parte de la habitual ayuda al desarrollo, eso sería indignante. No le vas a quitar la pensión a un anciano que gana un pleito por daños y perjuicios a un vecino. Así escribió Jagdish Bhagwati.
En la Unión Europea, la Environmental Liability Directive (que se traduce propiamente como Directiva de Pasivos Ambientales, donde Pasivo Ambiental es sinónimo de Deuda Ecológica) fue promulgada en Abril del 2004 aunque no todos los miembros de la Unión la han transferido ya a su legislación interna. Esta legislación se supone que es para aplicación interna en la UE, no se aplica a la deuda climática (por lo menos mientras ningún juez diga lo contrario), y requiere que los estados exijan a las compañías que paguen los daños causados incluida la restauración del ambiente cuando sea factible. En el caso del derrame de barros rojos de la producción de alúmina en Hungría en octubre del 2010, un experto de una compañía de seguros declaró que “si por casualidad, extingues una oscura especie de mariposa que solo existía en ese lugar concreto, ¿cómo vas a decir lo que vale en dinero?” (Financial Times, 14 Oct. 2010, “Toxic slugde tests Brussels pollution law”).
Resulta difícil exigir la responsabilidad legal de las compañías europeas por sus pasivos socio-ambientales en el extranjero (aunque la Shell está ahora en juicio en Holanda por daños hechos en el Delta del Niger) y es también difícil cifrar los daños en dinero. Más difícil aun es conseguir que se reconozca la deuda ecológica de EEUU y de la UE por los daños causados y por los costos que hace falta pagar ahora para prevenir los efectos del cambio climático a causa de las desproporcionadas emisiones (históricas y actuales) desproporcionadas de esos países. Pero que sea difícil no es excusa para olvidar el reclamo.
Efectivamente, el reclamo de compensaciones por la deuda climática se hace sentir en la calle, en los foros alternativos, veinte años después de la conferencia de Rio de Janeiro de 1992. Y también se escucha a veces en las salas donde se reúnen las delegaciones oficiales. Así en Copenhague en diciembre del 2009, el entonces canciller de Ecuador, el Dr. Fánder Falconí, señaló que los países pobres eran como fumadores pasivos y preguntó porqué no se aplicaba el principio del que el contaminador paga, reclamando la deuda histórica por cambio climático. (A Fánder Falconí debo agradecerle también algunas otras ideas en este texto).
Existen cálculos al respecto. La economista de la India, Jyoti Parikh, publicó un cálculo en 1995 en que cifraba la deuda climática en 75 mil millones de dólares al año de los países del Norte a los del Sur. Vean que el Fondo Verde prometido en Cancún tiene esa cuantía pero es un Fondo, no un pago anual. No es un pago de deuda que se remonte al 1992 o antes por 75 mil millones de dólares anuales, sino una contribución actual para adaptación incluso tal vez en forma de créditos. Parikh calculó el importe viendo lo que se ahorraban los países ricos cada año al no realizar las necesarias reducciones de las emisiones. Srinivasan y otros autores, incluido el economista ecológico de Berkeley, Richard Norgaard, cuantificaron en unos 2 millones de millones de dólares (2008) la deuda ecológica acumulada del Norte al Sur, la mayor parte a cuenta de la deuda climática. Ese cálculo se publicó en los Proceedings of the National Academy of Sciences, indicando la credibilidad académica del concepto de deuda ecológica. Hay otros libros y artículos en revistas científicas sobre este tema.
La deuda ecológica es un concepto nacido entre activistas que ahora llega a las publicaciones académicas y tal vez llegue a las políticas públicas, sorteando amenazas y sobornos como los que los negociadores de Estados Unidos han prodigado, según explica Wiki-leaks.
Escrito por Joan Martinez Alier
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